Consultar una vez no es suficiente
Aquí está la trampa. La mayoría de las empresas consulta el REPSE cuando da de alta al proveedor, guarda el resultado y no vuelve a revisarlo. Pero la ley exige el registro vigente al momento del pago, no al momento del alta. Si el registro se venció o se canceló entre una cosa y otra, el IVA de esos pagos deja de ser acreditable y el gasto deja de ser deducible.
Con 40 proveedores y pagos mensuales, verificar la vigencia en cada periodo son 480 consultas al año hechas a mano, una por una, en el portal de la STPS.
Portal REPSE hace esa verificación por ti en cada periodo y te avisa cuando un registro está por vencer o dejó de aparecer en el padrón. No sustituye al padrón oficial: lo consulta y guarda el resultado con su fecha, que es lo que después te piden en una revisión.